EFECTOS DE LA HUELGA
Suspensión de los contratos laborales
Imposibilidad del empleador para celebrar nuevos
contratos laborales para la realización de los servicios suspendidos, salvo en
aquellos casos que se determine por el Inspector del trabajo puedan generar
graves perjuicios.
Publicado
por Francy Galindo

Es bien interesante saber que hoy en día, se puede ir a la respectiva empresa y simplemente no ejecutar la actividad que corresponde.
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